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Practitioner's Register

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Noruega, otra forma de regular las terapias naturales

04 03 2024

Garantizar la seguridad de las personas que optan por tratarse con terapias naturales (TN) y medicinas tradicionales, complementarias e integrativas (MTCI) así como la buena formación de los profesionales es una máxima que impera en los países que han regulado o están en proceso de regulación de estas terapias.

En ningún caso se pretende limitarlas, eliminarlas ni prohibirlas sino todo lo contrario: se aboga por la regulación, tanto de la formación como del ejercicio de los terapeutas a fin de asegurar que las personas que acuden a ellos son tratadas por un profesional debidamente formado y digno de confianza.

Noruega, consciente de la creciente demanda social por este tipo de tratamientos y de las ventajas que suponen, ha optado por la regulación de las terapias complementarias basándose en un sistema de registro.

El Centro de Registro de Brønnøysund establece y gestiona el registro de los profesionales de este tipo de terapias, a los que se les exige una serie de requerimientos, como pertenecer a una organización profesional, que, a su vez, también debe estar registrada en dicho Centro. 

Esto solo es posible previa solicitud a la Dirección de Salud de Noruega y siempre y cuando la organización profesional solicitante cumpla con una serie de condiciones, entre otras: tener un código deontológico, contar con un mínimo de 30 miembros e incluir en sus estatutos ciertos requisitos de cumplimiento obligatorio por parte de los profesionales registrados, los que se comprometen a proporcionar la información solicitada a la persona que demanda sus servicios y a tratar de forma prudente la información referida a su salud.

En caso de no satisfacer alguna de las normas exigidas, la Dirección de Salud de Noruega puede denegar el registro de la organización profesional solicitante en el Centro de Registro de Brønnøysund.

En caso de que el terapeuta opte por registrarse, además de pertenecer a una organización profesional deberá reunir ciertas condiciones, entre otras: tener un seguro de responsabilidad civil, demostrar su régimen laboral, es decir, si es autónomo o empleado en algún centro, aportar el título o el documento que acredite la forma de tratamiento por el que desea registrarse, abonar una cuota anual y presentar la documentación anual cumpliendo con las condiciones y términos para continuar registrado.

El Centro de Registro de Brønnøysund incluye únicamente las terapias relacionadas directamente con la salud; otros ámbitos como la cosmética o el autodesarrollo quedan al margen del registro.

La finalidad de este registro es, por un lado, respetar el derecho de los ciudadanos a elegir la terapia con la que quieren tratarse y, a la vez, garantizar su seguridad sabiendo que acuden a un profesional cualificado.

El ejercicio de los terapeutas naturales está limitado en algunos casos en los que se considera que el tratamiento de determinadas enfermedades puede conllevar un riesgo grave para la salud de la persona y por tanto solo puede realizarlo un médico. En otros casos, como infecciones comunes o trastornos graves, el tratamiento lo aplican profesionales sanitarios y los que no son personal de atención médica pueden colaborar con el objetivo de fortalecer el sistema inmunitario o la capacidad de autocuración del paciente.

Sin embargo, estas limitaciones dejan de ser efectivas cuando el tratamiento se lleva a cabo en cooperación o co-entendimiento con el médico y con el consentimiento del paciente, así como en los casos en los que los servicios de salud no cuentan con cuidados paliativos para la persona.

La regulación de las TN y MTCI en Noruega no se limita únicamente al registro del profesional, sino que se extiende a la publicidad, comercialización y marketing que éste pueda hacer de sus servicios. El anuncio debe ser sobrio y objetivo, debe limitar las afirmaciones referidas a los efectos que un tratamiento pueda tener sobre determinada enfermedad y debe respetar siempre la libertad de elección y autodeterminación del paciente. Por el contrario, el terapeuta puede hacer descripciones generales sobre cómo un tratamiento puede reducir o prevenir ciertas dolencias, por ejemplo, problemas de espalda, fatiga, rigidez muscular…

El control por el cumplimiento de la buena praxis está supervisado por el defensor del consumidor, por la organización en la que está inscrito el profesional, por el Centro de Registro de Brønnøysund y por el propio paciente, que dispone de un centro de quejas y reclamaciones donde puede notificar cualquier comportamiento que considere inapropiado por parte de un terapeuta.

Permitir y facilitar el acceso a las terapias naturales y MTCI mediante su regulación no solo beneficia a pacientes y a profesionales, sino que representa el máximo respeto a la libertad de elección terapéutica de los ciudadanos.

La Fundación Terapias Naturales, teniendo en cuentan los estándares europeos, las directrices de la OMS, la tendencia de la regulación en otros países como Australia, Portugal, China, EE. UU., etc., siempre ha defendido que la regulación de las terapias naturales debe ser regulada por el Ministerio de Educación en cuanto a su formación, pasando a ser profesiones sanitarias, y por el Ministerio de Sanidad en cuento a su práctica, igual como las otras profesiones que cuidan la salud de los ciudadanos. Del mismo modo, el control por el cumplimiento de la buena praxis debería estar supervisado por los mismos mecanismos que controlan el ejercicio de los profesionales sanitarios.

 

Autor: José Luis Zapata. Miembro del Comité de Regulación del Observatorio de Acupuntura y MTC

Revisado por Rosa María Canas y Mireia Masip

 

acupuntura, mtc, medicina integrativa, noruega, terapias naturales
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