En México, tanto los estudios como el ejercicio profesional de la acupuntura se encuentran regulados en base a una Norma Oficial Mexicana (NOM-017-SSA3-2012) de 2012, que actualizó el primer documento oficial que estableció las bases de dicha regulación y que databa de 2002.
La situación actual permite la formación completa ofreciendo itinerarios diferentes según la vía de acceso y el grado de especialización que se quiera obtener. A saber,
- Médicos y personal sanitario de medicina convencional: han de realizar estudios superiores (normalmente un grado de 3 años de duración) para obtener la especialidad médica en acupuntura humana.
- Licenciados en Acupuntura Humana y rehabilitación integral, son aquellos que han cursado el grado del mismo nombre, con una duración de 4 años.
- Técnico en Acupuntura; siendo estos personal sin grado académico en el área de la salud, que toman cursos universitarios de 2 o 3 años de duración, para obtener la titulación de Técnico en Acupuntura.
En cuanto al ejercicio profesional, solo los médicos o sanitarios con capacitación en acupuntura y los Licenciados en Acupuntura Humana y rehabilitación integral pueden prescribir el tratamiento acupuntural necesario, así como aplicarlo. De otro lado, los técnicos en Acupuntura solo podrán aplicar el tratamiento y/o plan terapéutico prescrito por un Médico especialista en Acupuntura.
Tal y como se desprende de lo anterior, la situación de la formación y la práctica de la Acupuntura en México está bastante avanzada en comparación con otros países, sobre todo con España, y deja lugar a que tanto a los profesionales sanitarios que quieran especializarse como a que los estudiantes pueden cursar como carrera de primera elección la formación superior universitaria en Acupuntura. Además, abre la opción a una formación que podríamos denominar de grado medio, para aquellos que quieran realizar su práctica profesional como técnicos bajo el paraguas de un médico que prescriba los tratamientos.
Es a nuestro entender, esta organización regulatoria, un ejemplo claro de que la acupuntura necesita ser regulada y su formación y ejercicio estructurados en base a criterios de formación superior, y a su vez muestra como todos los que ejercemos tenemos cabida y somos necesarios dentro de esta planificación.
Autor: Fran González Fernández
Miembro del Comité de Regulación del Observatorio de Acupuntura y MTC